Los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes en Francia y Brasil: análisis comparativo de una forma específica de subcontratación - HAL-SHS - Sciences de l'Homme et de la Société Accéder directement au contenu
Communication Dans Un Congrès Année : 2016

Los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes en Francia y Brasil: análisis comparativo de una forma específica de subcontratación

Les Travailleurs Indépendants Economiquement Dépendants en France et au Brésil: analyse comparative d'une forme spécifique de sous-traitance

Résumé

Esta ponencia se focaliza en una categoría híbrida de trabajadores que se desarrolló en varios países en el marco de la reestructuración productiva de los años ochenta y noventa: los que llamamos Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TAEDs) son trabajadores jurídicamente autónomos pero que dependen económicamente de un único cliente para la mayoría de sus ingresos. A pesar de que esta categoría llamó la atención de organizaciones internacionales como la OIT (2003) o la Comisión Europea (2006), en la mayoría de los países del mundo la situación específica de estos trabajadores no es reconocida desde el punto de vista jurídico. La emergencia de los TAEDs es frecuentemente analizada en el contexto más amplio de la difusión de estrategias de subcontratación: muchos autores mencionan la existencia de esta categoría junto con otras estrategias de tercerización, como un caso particular de externalización de los riesgos (Gorz, 1988; Gerritsen, 1994; Krein, 2007; Druck, 2009). De hecho, la autonomía jurídica de los TAEDs los excluye de los beneficios del derecho del trabajo sin que puedan contar con varios clientes como es el caso de los trabajadores autónomos “auténticos”. Esta categoría parece entonces constituir un ejemplo de precariedad del empleo (Paugam, 2000), entendida como pérdida de derechos y protecciones frente a los riesgos sociales. Sin embargo, encontramos muchas veces en la literatura una distinción según el grado de cualificación de los trabajadores considerados (Lyon-Caen, 1990; Marques de Lima, 2007): los TAEDs poco cualificados serían falsos autónomos que sufren de una situación impuesta por su único cliente para eludir las obligaciones laborales mientras que los TAEDs cualificados habrían elegido tornarse autónomos para revalorizar sus competencias y gozar de una mayor autonomía. En este contexto nos pareció interesante estudiar TAEDs cualificados que actúen en un sector dinámico - la Tecnología de la Información – analizando sus condiciones objetivas de trabajo y su posicionamiento subjetivo con respecto a la situación de TAED. Para eso, examinamos las trayectorias socio-profesionales de TAEDs en países caracterizados por mercados de trabajo estructuralmente muy distintos, Francia y Brasil. Entre 2011 y 2014, realizamos entrevistas con cuarenta TAEDs del sector de TI. La mitad de ellos trabaja en Paris, la otra en Porto Alegre. Los profesionales encontrados se definen como desarrolladores, arquitectos de sistemas o diseñadores gráficos, tienen entre 22 y 45 años y un 20% son mujeres. Primero estudiamos las condiciones concretas de trabajo de los TAEDs para ver si se trata de una forma de trabajo autónomo sui generis o si en nada se diferencian estos profesionales de trabajadores asalariados. La inscripción de nuestra muestra en un gráfico compuesto por dos ejes permite situar a los entrevistados en un continuum entre subordinación y autonomía operacional por un lado y trabajo autónomo “autentico” y falsa autonomía por otro. Dos grupos se perfilan: si para los “emprendedores en transición” la situación de TAED es más circunstancial y coincide con una gran autonomía operacional, los “prestadores de servicio integrados a la estructura comanditaria”, que son mucho más numerosos, ejercen su actividad en el local del cliente y su remuneración depende más del tiempo trabajado que de las tareas realizadas. Las condiciones de trabajo del segundo grupo los aproximan entonces de asalariados clásicos y el contrato de prestación de servicios de estos trabajadores podría probablemente ser recalificado como contrato de trabajo por la justicia. Pero vale la pena ir más allá del análisis de sus condiciones de trabajo y preguntarse acerca de la percepción que los TAEDs tienen de su propia situación. Descubrimos así una diferencia muy grande entre los entrevistados franceses y brasileros en relación al origen de esta forma híbrida de trabajo: la situación de TAED es generalmente impuesta a los profesionales brasileños por su cliente para eludir los derechos laborales mientras que los entrevistados franceses optan por la posición de TAED para escaparse de la influencia de las empresas de prestación de servicios. Sin embargo, seria reductor oponer los TAEDs brasileños precarizados frente a los TAEDs franceses queriendo emanciparse del marco salarial, ya que, con el paso del tiempo, se observa una apropiación de la situación de TAED por parte de los entrevistados brasileños, que termina por considerar la situación de TAED más ventajosa. ¿Por qué la mayoría de los entrevistados parece entonces satisfacerse de una situación que, en principio los priva de varios derechos? Los motivos de adhesión a la situación de TAED cambian de un individuo a otro, pero remiten a dos factores principales. Primero, varios entrevistados prefieren la posición de TAED a la de asalariado porque esta última no cumple sus promesas, sea por la falta de efectividad del derecho laboral en Brasil, por la apropiación abusiva del lucro por empresas de subcontratación en Francia o en ambos países por la indiferencia del empleador con respecto a la manutención de la empleabilidad de sus trabajadores. Segundo, la mayoría de los entrevistados está feliz de su situación porque comparte la fe característica de la “ideología californiana” en un “individuo auto-suficiente”, que goce de “la potencialidad emancipadora de las nuevas tecnologías de información” y no necesite el soporte del Estado (Barbrook, Cameron, 2001, p. 373; 376). Los entrevistados que adhieren a esta concepción individualista de la protección social ven en la situación de TAED una forma de evitar el “coste” de las contribuciones sociales. Si la precarización laboral remite a un deterioro de los derechos laborales y sociales, los TAEDs del sector de TI entrevistados pueden entonces ser cualificados de trabajadores precarios o precarizados. Sin embargo, el análisis del discurso y de las percepciones subjetivas de los entrevistados nos lleva a deconstruir la idea de un trabajador subcontratado pasivo, completamente dominado por su cliente. La posición de TAED puede de hecho ser una forma de emanciparse de la tutela de las empresas de subcontratación y acabar con un cierto tipo de explotación. Pero la desconfianza con respecto al Estado y a los mecanismos colectivos de protección social expresada por trabajadores bien colocados en el mercado es un asunto que merece mayor atención porque cuestiona los fundamentos del Estado de bienestar.

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Sociologie
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Dates et versions

halshs-01504359 , version 1 (10-04-2017)

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  • HAL Id : halshs-01504359 , version 1

Citer

Mathilde Mondon-Navazo. Los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes en Francia y Brasil: análisis comparativo de una forma específica de subcontratación. VIII Congreso Latinoamericano de Estudios del Trabajo - La recuperación de la centralidad del trabajo en América Latina. Actores, perspectivas y desafíos, ALAST - Asociación Latinoamericana de Estudios del Trabajo, Aug 2016, Buenos Aires, Argentina. ⟨halshs-01504359⟩
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